Asociación Nacional de Jubilados y Pensionistas del "Santander"

MUTUALIDAD LABORAL DE BANCA

Todas las novedades que se vayan produciendo también estarán expuestas en el Canal de Telegram «ASOCIACON NACIONAL JUBILADOS Y PENSIONISTAS SANTANDER»

El pasado 28 de febrero la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo dictó Sentencia en relación con el tema de la Mutualidad Laboral de Banca.

  • ¿Qué cambia con esta Sentencia del Tribunal Supremo?
  • La Agencia Tributaria estableció que, para poder aplicar la reducción en la base imponible del IRPF, por la pensión de jubilación, los jubilados debieron entrar en banca antes del 1 de enero de 1967.
  • Con el nuevo criterio que establece el Tribunal Supremo, la posibilidad de minorar la base imponible se amplia a todos aquellos empleados de Banca que ingresaron antes del 31 de diciembre de 1978.
  • ¿Qué ejercicios fiscales se pueden reclamar?
  • Sólo se pueden reclamar los ejercicios no prescritos y que actualmente son 2018 (que se tiene realizar antes del 30 de junio de 2023), 2019, 2020 y 2021.
  • ¿Qué hacer con la declaración de 2022?
  • La mejor opción es realizar la declaración y después del 30 de junio de 2022 realizar la oportuna reclamación.
  • ¿Qué ocurre con los ejercicios anteriores reclamados y fueron denegados y no recurridos?
  • Deberéis poneros en contacto con un bufete de abogados para que estudien el caso.
  • Esta Asociación ha solicitado un informe a nuestro bufete de abogados

ACUERDO DE CAPITALIZACIÓN DE LOS COMPLEMENTOS DE PENSIÓN

El Banco de Santander ha firmado el día 17 de diciembre de 2019 con las representaciones sindicales del banco, un acuerdo concretando los criterios a considerar en el proyecto de capitalización de rentas vitalicias.

Este acuerdo se puede visualizar en este enlace:

http://asociacionjubiladossantander.com/portal/wp-content/uploads/2019/12/ACUERDO-CAPITALIZACION-COMPLEMENTOS-PENSION-17-12-2019.pdf